Tratado de No Proliferación (TNP): Características, Disposiciones, Crítica

Los estados con armas nucleares, mientras mantenían el desarrollo de sus programas de N-armas, decidieron formular e imponer un régimen de no proliferación más estricto, particularmente a los estados no nucleares.

De hecho, fue alrededor de esta época cuando el término No proliferación comenzó a hacerse popular y se lo entendió como el sistema de control de la diseminación y adquisición de armas nucleares. Fue diseñado para comprobar las posibilidades de expansión horizontal del club nuclear, ya sea mediante el desarrollo de armas N por parte de naciones no nucleares o por intentar la transferencia de tecnología N y armas N por parte de naciones nucleares a naciones no nucleares.

Sin embargo, no cubrió la expansión vertical de la tecnología N y las armas N. Como parte del impulso hacia la obtención de un régimen de no proliferación para los estados no nucleares, el Tratado de no proliferación se firmó en junio de 1968. El TNP aún continúa operando.

Preámbulo y características principales del TNP:

(i) Todas las partes en el tratado afirmaron el principio de que los beneficios de las aplicaciones pacíficas de la tecnología nuclear deberían estar disponibles con fines pacíficos para todas las partes en el tratado, ya sea con armas nucleares o con Estados no poseedores de armas nucleares.

(ii) Todas las partes en este tratado tienen derecho a participar, en la mayor medida posible, en el intercambio de información científica y a contribuir en solitario o en cooperación con otros estados para el desarrollo adicional de la aplicación de la energía atómica con fines pacíficos. .

(iii) Los beneficios potenciales de cualquier aplicación pacífica de explosiones nucleares deben estar disponibles para los Estados no poseedores de armas nucleares que son parte en este tratado de manera no discriminatoria.

(iv) La intención declarada era lograr, en la fecha más temprana posible, el cese de la carrera de armamentos nucleares, instando a la cooperación de todos los estados en el logro de este objetivo;

(v) El objetivo era reducir aún más las tensiones internacionales y fortalecer la confianza entre los estados para facilitar el cese de la fabricación de armas nucleares y la liquidación de todas sus reservas existentes.

Disposiciones salientes del TNP:

1. Ningún Estado con Arma Nuclear transferirá sus armas y tecnología a Estados No Nucleares:

Cada Estado miembro de armas nucleares de este tratado se compromete a no transferir a ningún receptor, armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares o el control de dichas armas o dispositivos explosivos directa o indirectamente; y no de ninguna manera para ayudar, alentar o inducir a ningún estado no poseedor de armas nucleares a fabricar o adquirir armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares. (Articulo 1).

2. Los Estados no nucleares no desarrollarán ni recibirán N-armas:

Cada Estado no armador que sea parte en este tratado se compromete a no recibir como transferencia de ningún poder de armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares o de control sobre dichas armas, explosivos, directa o indirectamente; no fabricar o adquirir armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares; y no solicitar ni recibir asistencia para la fabricación de armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares (Artículo II).

3. Desarrollo de la tecnología N con fines pacíficos como derecho:

Nada en este tratado se interpretará como que afecta el derecho inalienable de todas las partes en el tratado de desarrollar la investigación, producción y uso de energía nuclear con fines pacíficos sin discriminación y de conformidad con los Artículos I y II de este tratado.

4. (a) Todos los estados a unirse al TNP:

Este tratado estará abierto a todos los estados para firmas. Cualquier estado que no firme el tratado antes de su entrada en vigor de conformidad con el párrafo C de este Artículo, puede acceder a él en cualquier momento posterior.

(b) El TNP estará sujeto a ratificación por los estados:

Este tratado estará sujeto a ratificación por los estados signatarios. Los instrumentos de ratificación y el instrumento de adhesión se depositarán en el gobierno de los estados que por el presente se designan los gobiernos depositarios.

5. 1 de enero de 1967 como fecha límite:

Este tratado entrará en vigor después de su ratificación por todos los estados poseedores de armas nucleares firmantes de este tratado y por otros estados signatarios de este tratado, después del depósito de su instrumento de ratificación. Para los fines de este tratado, un estado con armas nucleares es uno que ha fabricado y explotado un arma nuclear u otro dispositivo explosivo nuclear antes del 1 de enero de 1967.

6. Provisión para el retiro:

Cada parte, al ejercer su soberanía nacional, tendrá derecho a retirarse del tratado si decide que eventos extraordinarios, relacionados con el objeto de este tratado, han puesto en peligro los intereses supremos de su país. Notificará tal retiro a todas las demás partes del tratado y al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas con tres meses de anticipación. Dicha notificación incluirá una declaración de los eventos extraordinarios que considera que han puesto en peligro sus intereses supremos. (Art. VII).

7. Traducción del texto del TNP:

Este tratado, cuyos textos en inglés, ruso, francés, español y chino son igualmente auténticos, se depositará en los archivos de los gobiernos depositarios. Las copias debidamente certificadas de este tratado serán transmitidas por los gobiernos depositarios a los gobiernos de los estados firmantes y correspondientes. (Art. VIII).

Crítica del TNP:

El TNP es criticado por varios países, especialmente por la India, por los siguientes motivos:

1. Era un tratado discriminatorio que intentaba perpetuar la posición de poder superior de los estados con armas nucleares con respecto a las naciones no nucleares.

2. Trató indebidamente de legitimar la brecha de poder entre las naciones nucleares y no claras.

3. No contemplaba el desarme ni el control de armamentos en las relaciones internacionales.

4. No verificó los programas N de Francia y China que, en violación del Tratado de Prohibición de Pruebas Parciales de Moscú, continuaron con la política de realizar pruebas nucleares.

5. El TNP fue realmente un instrumento político de los estados con armas nucleares. Dividió a los estados en poseedores de armas nucleares y de no tener.

6. El TNP era un tratado discriminatorio e inadecuado.

Sobre la base de estos argumentos, los críticos afirmaron que el TNP no resolvió el problema de las armas nucleares en las relaciones internacionales. No proporcionó ningún plan o plan para el desarme nuclear o el control de armas. Su primera revisión se realizó en 1975, la segunda en 1980 y la tercera en octubre de 1985, pero estas tres revisiones no lograron asegurar o mejorar el cumplimiento de las disposiciones de este tratado.

Revisión de NPT y su extensión indefinida:

Una conferencia mundial sobre la extensión del Tratado de No Proliferación Nuclear (TNP) se llevó a cabo en Nueva York, el 11 de mayo de 1995. Su propósito era extender el TNP por tiempo indefinido. Fue un gran triunfo para la influencia diplomática y política de los Estados Unidos que los estados miembros del TNP acordaron hacer del tratado un acuerdo internacional permanente.

La conferencia aprobó un plan respaldado por Estados Unidos para hacer que el pacto de 25 años sea permanente. Fue visto como la perpetuación de un sistema internacional en el que solo cinco naciones podrían poseer legítimamente armas nucleares. Un desafío del Movimiento de Países No Alineados para forzar una votación sobre la prórroga del tratado fue rechazado después de que las naciones con armas nucleares hicieron varias concesiones no vinculantes.

El TNP ha puesto a los cinco poseedores de armas nucleares en una posición privilegiada con respecto a la implementación de un sistema de control. A los "que tienen" se les ha permitido conservar sus armas nucleares y todos los demás estados han acordado no adquirirlas. India, Pakistán e Israel se encuentran entre los pocos estados que se han negado a unirse al TNP.

Mientras tanto, las potencias nucleares continúan no solo manteniendo sino que también aumentan sus arsenales nucleares. Con el fin de pacificar a los estados no armados que querían ejercer presión sobre las potencias nucleares para avanzar más rápidamente hacia el control de armamentos, se adjuntó una lista de objetivos de desarme a la decisión de extensión.

Sin embargo, la decisión de una extensión indefinida de este tratado hizo que el TNP fuera perpetuo, sin eliminar su carácter discriminatorio. El TNP ha sido, como tal, un intento del P-5 por mantener intacto su estatus superior de N-armas e imponer un régimen de no proliferación a las naciones no nucleares. Después de la prórroga indefinida del TNP en 1995, el siguiente gran intento de controlar la proliferación a favor de la no proliferación se produjo en 1996 en la forma de la formulación del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos (TPCE).