Modos de liquidación de una empresa (2 métodos)

Lea este artículo para aprender sobre los dos métodos de liquidación de una empresa, es decir, (A) liquidación obligatoria por parte del tribunal y (B) liquidación voluntaria.

A. Liquidación obligatoria:

Se lleva a cabo cuando a una empresa se le ordena liquidar por una orden del tribunal.

Motivos para la liquidación obligatoria (artículo 433):

Una empresa puede ser disuelta por el Tribunal en los siguientes casos:

(i) Resolución especial de la empresa:

Si la compañía, mediante resolución especial, resolvió que la Compañía fuera liquidada por el Tribunal;

(ii) Por defecto:

Si se comete un incumplimiento en la entrega del informe legal del Registro de Sociedades o en la celebración de la reunión estatutaria de la empresa, el tribunal puede dictar una orden de liquidación;

(iii) No comenzar o suspender la Compañía:

Si la compañía no comienza su negocio dentro de un año a partir de su incorporación, o suspende su negocio por un año entero;

(iv) Reducción de Miembros:

Si el número de miembros es inferior a siete en el caso de una empresa pública o inferior a dos en el caso de una empresa privada;

(v) Incapacidad para pagar deudas:

Si la empresa no puede pagar sus deudas;

(vi) La Cláusula Justa y Equitativa:

Si el Tribunal opina que es justo y equitativo que la empresa deba liquidarse.

Petición:

Es decir, ¿Quién puede solicitar la liquidación? (Sec. 439)

Una de las siguientes entidades puede presentar una solicitud de liquidación de una empresa:

(a) Por la Compañía [Sec. 439 (1) (a)];

(b) Por cualquier Acreedor [Sec. 439 (1) (b)];

(c) Por cualquier Contribuyente [Sec. 439 (1) (c)];

(d) Por un Registrador [Sec. 439 (1) (e)]; y

(e) Por cualquier persona autorizada por el Gobierno Central [Sec. 439 (1) (f)].

Comienzo de la liquidación:

Se considera que la liquidación de una empresa por parte del Tribunal comienza a partir de la presentación de la petición de liquidación (Sec. 441). Cuando hay una resolución para la liquidación voluntaria, antes de la presentación de la petición ante el Tribunal, se considera que la liquidación comienza a partir de la fecha de la resolución. Pero la Corte puede ordenar lo contrario en casos de fraude y error.

Poderes de la Corte en la Petición de Audiencia (Sec. 443):

El tribunal puede, al oír una petición:

(a) Desestimar con o sin costo; o

(b) aplazar la audiencia condicional o incondicionalmente; o

(c) Hacer cualquier orden provisional que crea conveniente; o

(d) Haga un pedido de liquidación de la empresa con o sin costos o cualquier otro pedido que considere oportuno.

Consecuencias de la Orden de Liquidación:

Si el tribunal dicta una orden de liquidación, sus consecuencias se remontan al inicio de la liquidación.

Las otras consecuencias de la liquidación por parte de la Corte son:

(a) Indicación al liquidador oficial y al Registrador (Sec. 444);

(b) Copia de la orden de liquidación que se presentará ante el Registrador;

(c) Orden de liquidación considerada como aviso de alta [Sec. 445 (2)];

(d) Los trajes se mantuvieron [Sec. 446 (1)];

(e) Poderes de la Corte [Sec. 446 (2)];

(f) Efecto de la orden de liquidación (Sec. 447);

(g) Liquidador oficial para ser liquidador (Sec. 449).

Procedimiento de Orden de Liquidación por el Tribunal [Liquidador Oficial (Sec. 448)]:

Cita:

La Ley de Sociedades de 1956, establece que en cada Tribunal Superior se debe adjuntar un oficial conocido como el Liquidador Oficial designado por el Gobierno Central. También puede haber Diputado o Asistente Oficial Liquidador. Tras la presentación de una petición de liquidación, el Tribunal puede designar al liquidador oficial como el liquidador provisional. Cuando se aprueba la orden de liquidación, el liquidador oficial se convierte en el liquidador de la empresa (Sec. 449).

Poderes de los liquidadores (Sec. 457):

(1) El liquidador, en una liquidación por parte de la Corte, tiene la facultad de hacer lo siguiente con la sanción de la Corte:

(a) Para iniciar o defender cualquier demanda, proceso u otro proceso legal, civil o penal, en nombre y en nombre de la empresa;

(b) Llevar a cabo los negocios de la empresa en la medida en que sea necesario para la liquidación beneficiosa de la empresa;

(c) Vender los bienes inmuebles y las reclamaciones recurribles de la empresa mediante subasta pública o contrato privado, con facultades para transferir la totalidad de las mismas a cualquier persona u organismo corporativo o para vender a las mismas en paquetes;

(d) Aumentar en la seguridad de los activos de la empresa cualquier requisito de dinero;

(e) Hacer todo lo que sea necesario para liquidar los asuntos de la empresa y distribuir sus activos.

Según la sec. 546, el liquidador puede pagar a cualquier clase de acreedores en su totalidad, hacer cualquier compromiso o acuerdo con los acreedores; y comprometer cualquier llamada o responsabilidad, con la sanción de la Corte.

El liquidador puede negar cualquier propiedad onerosa o contrato no rentable.

(2) El liquidador en una liquidación por el tribunal tiene poder para hacer las siguientes cosas, sin tomar un permiso especial del tribunal:

(a) Hacer todos los actos y ejecutar, en nombre y en nombre de la compañía, todas las escrituras, recibos y otros documentos, y para ese fin usar, cuando sea necesario, el sello de la compañía;

(b) Inspeccionar los registros y devoluciones de la compañía en los archivos del Registrador sin pagar ninguna tarifa;

(c) Para probar, clasificar y reclamar en la insolvencia de cualquier contribuyente por cualquier saldo en contra de su patrimonio, y para recibir dividendos en la insolvencia;

(d) Dibujar, aceptar hacer y aprobar cualquier letra de cambio, hundi o pagaré en nombre y en nombre de la empresa;

(e) Llevar, en su nombre oficial, cartas de administración a cualquier contribuyente fallecido y realizar en su nombre oficial cualquier otro acto necesario para obtener el pago de cualquier dinero adeudado de un contribuyente o de su patrimonio que no pueda hacerse convenientemente en el nombre de la compania;

(f) Designar a un agente para hacer cualquier negocio que el liquidador no pueda hacer él mismo.

El Tribunal puede limitar o modificar el ejercicio de cualquiera de los poderes del liquidador enumerados en (2) arriba.

Deberes del liquidador:

Se enumeran los deberes de un liquidador:

(i) Procedimientos de liquidación:

Segundo. 451 (1) establece que el liquidador llevará a cabo los procedimientos de liquidación de la empresa y realizará las tareas que el Tribunal pueda imponer.

(ii) Informe:

Después de recibir la Declaración de Asuntos de la compañía, el liquidador debe presentar un informe preliminar al Tribunal a más tardar 6 meses después de la fecha de la orden de liquidación.

(iii) Informes adicionales:

Segundo. 455 (2) también establece que el liquidador oficial puede realizar, si lo considera conveniente, un informe adicional que indique la manera en que se promovió o formó la compañía. También puede indicar si se ha cometido algún fraude por parte de alguna persona relacionada con la formación o cualquier otro asunto que sea deseable llevar a la notificación del Tribunal.

(iv) Custodia de los bienes de la sociedad:

Segundo. 456 (1) establece que cuando se haya emitido una orden de liquidación o que se haya nombrado un liquidador provisional, el liquidador o el liquidador provisional, según el caso, tomará bajo su custodia todos los bienes, efectos y acciones procesables. Reclamaciones a las que tiene derecho la empresa.

(v) Control de Poderes:

Segundo. 460 (1) establece que el liquidador deberá, en la administración del activo de la compañía y su distribución entre los acreedores, tener en cuenta las instrucciones que pueda dar el comité de inspección.

(vi) Reunión de Acreedores y Aportes:

Según la sec. 460 (3), el liquidador puede convocar una reunión general de los acreedores / cotizantes tan pronto como lo considere oportuno para conocer sus deseos. Deberá convocar dicha reunión en los momentos en que los acreedores / cotizantes puedan, mediante resolución directa o cuando se lo soliciten por escrito, hacerlo por no menos de 1/10 en el valor de los acreedores / cotizantes, según corresponda.

(vii) Direcciones de la Corte:

Segundo. 460 (4) (4) establece que el liquidador puede solicitar al Tribunal instrucciones sobre cualquier asunto particular que surja en una liquidación.

(viii) Libros apropiados:

Segundo. 461 (1) establece que el liquidador deberá llevar los libros apropiados para anotar las entradas o registrar las actas del procedimiento en las reuniones y otros asuntos que puedan ser prescritos.

(ix) Auditoria de Cuentas:

Segundo. 462 (1) también establece que el liquidador deberá, en los momentos en que pueda ser prescrito, pero al menos dos veces al año durante su mandato, presentar al tribunal una cuenta de sus recibos y pagos como liquidadores. La cuenta debe estar en la forma prescrita, debe hacerse por duplicado y debidamente verificada [Sec. 462 (2)].

(x) Designación del Comité de Inspección:

Segundo. 464 (1) (b) establece que el liquidador, dentro de los dos meses posteriores a la fecha de duración por el Tribunal, convocará una reunión de los acreedores de la compañía para determinar los miembros del comité de inspección.

Declaración de Asuntos:

Cuando se haya nombrado al liquidador, se le entregará una Declaración de Asuntos de la compañía en la forma prescrita, verificada mediante una declaración jurada y con detalles sobre los activos, pasivos, nombres y direcciones de los acreedores, etc.

La declaración deberá ser verificada por un Director y el Gerente, el Secretario u otro funcionario principal de la compañía. La Declaración de Asuntos se requiere tanto en la liquidación obligatoria como en la voluntaria [Sección 454 y 511 A].

Declaración de Asuntos Contiene:

(i) Los activos de la empresa (que muestran por separado el efectivo en efectivo, el efectivo en el banco y los valores negociables);

(ii) Nombres, direcciones, ocupaciones de sus acreedores (que muestran por separado las deudas aseguradas y no aseguradas);

(iii) sus deudas y pasivos;

(iv) En el caso de las deudas garantizadas, los detalles de los valores mantenidos por los acreedores, su valor y las fechas en que se entregaron.

(v) Las deudas adeudadas a la compañía y los nombres y direcciones de las personas de las cuales vencen y la cantidad que probablemente se realizará.

(vi) Y cualquier otra información adicional que puedan requerir los liquidadores oficiales [Sec. 454 (1)].

Según la sec. 455, el liquidador oficial debe, después de los recibos de la declaración, dentro de los 6 meses (o el tiempo extendido que permita el Tribunal) de la orden, presentar al Tribunal un informe preliminar sobre el monto del capital emitido, suscrito. y pagados, y los montos estimados de los activos y pasivos de la compañía si la compañía ha fallado, las causas de su falla y si, en su opinión, es deseable cualquier investigación adicional.

B. Liquidación voluntaria:

Circunstancias:

Según la sec. 484 de la Ley de Sociedades, una empresa puede liquidarse voluntariamente en las siguientes circunstancias:

(1) Por Resolución Ordinaria (aprobada en una reunión general en los siguientes casos):

(a) Cuando la duración de la empresa fue fijada por los artículos y el período ha expirado; y

(b) Cuando los artículos provistos para su liquidación en la ocurrencia de cualquier evento y el evento especificado hayan ocurrido.

(2) Por una Resolución Especial (aprobada por los miembros en todos los demás casos):

Cuando se aprueba una resolución de liquidación voluntaria, se debe notificar al público mediante un anuncio en el Boletín Oficial y en un periódico local (Sec. 485).

Tipos de liquidación voluntaria:

La liquidación voluntaria es de dos tipos:

(a) Liquidación voluntaria de los miembros; y

(b) Liquidación voluntaria de los acreedores.

(a) Liquidación voluntaria de los miembros:

Si la compañía es, en el momento de la liquidación, una compañía solvente, es decir, puede pagar sus deudas y los directores hacen una declaración a tal efecto; se denomina liquidación voluntaria de los miembros. La declaración debe ser verificada por una declaración jurada.

La declaración debe ser:

(a) Hecho dentro de las cinco semanas inmediatamente anteriores a la fecha de aprobación de la resolución de liquidación por parte de la empresa y entregado al Registrador para su registro antes de esa fecha; y

(b) Acompañado por una copia del informe de los auditores de la compañía en la Cuenta de pérdidas y ganancias de la compañía desde la fecha de la última Cuenta de pérdidas y ganancias hasta la última fecha práctica inmediatamente antes de la declaración de solvencia, el Balance de la compañia; y una declaración de los activos y pasivos de la compañía a la fecha mencionada.

La liquidación voluntaria de los miembros se realiza mediante los siguientes pasos sucesivos:

(i) Declaración de solvencia;

(ii) Declaración estatutaria al Registrador;

(iii) Una resolución en la junta general de la empresa dentro de las 5 semanas posteriores a la declaración de solvencia;

(iv) Nombramiento del Liquidador;

(v) Recoger los activos de la empresa, pagar los pasivos de la empresa y pagar el saldo de los ingresos a las contribuciones.

(b) Liquidación voluntaria de los acreedores:

Si la declaración de solvencia no se hace y se archiva con el Registrador, se puede presumir que la compañía es insolvente. En ese caso, la compañía debe convocar una reunión de sus acreedores (para el día o el siguiente al siguiente al día fijado para la reunión general de la compañía) para aprobar la resolución de liquidación.

La liquidación voluntaria de los acreedores se realiza mediante los siguientes pasos sucesivos:

(i) Una resolución para la liquidación de la empresa en una reunión general de la empresa.

(ii) El mismo día o el día siguiente debe haber una reunión de los acreedores y los Directores deben proporcionar una lista de los acreedores.

(iii) Un liquidador o liquidadores son nombrados por la reunión de miembros y la reunión de los acreedores.

(iv) Un comité de inspección.

(v) El trabajo de liquidación según el estatuto.

(c) Liquidación voluntaria bajo la supervisión del tribunal:

En cualquier momento después de que una empresa haya aprobado una resolución de liquidación voluntaria, el Tribunal puede dictar una orden para que la liquidación voluntaria continúe, pero está sujeta a la supervisión de la corte (Sección 522). Generalmente se hace una orden de supervisión para la protección de los acreedores y contribuyentes de la compañía. Una petición para la continuación de una liquidación voluntaria sujeta a la supervisión de la Corte se considera una petición de liquidación por la Corte (Sec. 523).

Consecuencias de la liquidación:

Las consecuencias de la liquidación pueden explicarse bajo los siguientes encabezados:

(a) Consecuencias en cuanto a los accionistas:

Un accionista está obligado a pagar el monto total hasta el valor nominal de las acciones que posee. La responsabilidad del accionista en esta cuenta continúa incluso después de que la compañía entra en liquidación aunque, en este caso, se desconoce como contribuyente. La responsabilidad de un contribuyente actual es la cantidad restante no pagada sobre las acciones que posee. Un contribuyente anterior solo puede ser llamado a pagar si el contribuyente actual no puede pagar.

(b) Consecuencias en cuanto a los acreedores:

Una empresa a menudo entra en liquidación obligatoria cuando no puede pagar sus deudas. Pero también se puede liquidar por otros motivos, aunque sea solvente. Cuando una empresa solvente se cierra, todas las reclamaciones de sus acreedores, una vez comprobadas, se cumplen en su totalidad. Cuando una empresa es insolvente y está en quiebra, prevalece la misma regla que en el caso de la Ley de Insolvencia (Sec. 529). Los acreedores son de dos tipos, a saber. Garantizados y no garantizados.

Un acreedor sin garantía puede:

(1) Confíe en la seguridad e ignore la liquidación, o

(2) Valorar su seguridad y demostrar el déficit, o

(3) Renuncia a su seguridad y comprueba la totalidad de la deuda.

Pero en lo que respecta a los acreedores no garantizados y / o deudas de una empresa insolvente, los pagos preferenciales se hacen primero, y luego las otras deudas se pagan pari passu.

El orden de prioridad en el pago de las deudas en una liquidación es como:

(a) Acreedores garantizados;

(b) Costes y cargos por liquidación;

(c) Deudas preferenciales;

(d) Cargas flotantes;

(e) Acreedores sin garantía.

Al mismo tiempo, si hay algún excedente, el mismo se devuelve primero a los accionistas preferentes y luego a los accionistas.

(c) Consecuencias en cuanto a los procedimientos contra la Compañía:

Si se ha emitido una orden de liquidación o el liquidador oficial ha sido designado como liquidador provisional, no se puede iniciar una demanda u otro procedimiento legal contra la compañía, excepto con la autorización del Tribunal. Del mismo modo, si una demanda está pendiente contra la compañía en la fecha de la orden de liquidación, no se puede proceder contra la compañía, excepto con la autorización del Tribunal [Sec. 446 (1)].

(d) Consecuencias en cuanto a los costos:

Según la sec. 476, si los activos son insuficientes para satisfacer los pasivos, el Tribunal puede ordenar el pago de los costos, cargos y gastos de la liquidación de los activos. El pago debe hacerse en el orden de prioridad, inter se, como lo considera justo el Tribunal. De manera similar, todos los costos, cargos y gastos incurridos adecuadamente en una liquidación voluntaria, incluida la remuneración del liquidador, se pagan con los activos de la compañía de manera prioritaria a todas las demás reclamaciones. Sin embargo, el pago está sujeto a los derechos de los acreedores garantizados (Sec. 520).

Liquidación de empresas no registradas:

Según la sec. 582, la expresión 'empresa no registrada:

(a) no incluirá:

(i) Una compañía ferroviaria incorporada por cualquier Ley del Parlamento del Reino Unido;

(ii) Una empresa registrada bajo esta Ley; o

(iii) Una Compañía registrada de conformidad con la ley de compañías anteriores y que no sea una empresa cuya sede social se encuentre en Birmania (Myanmar), Aden o Pakistán inmediatamente antes de la separación de ese país de la India, y

(b) Guardar como se mencionó anteriormente, incluirá cualquier asociación, asociación o compañía que conste de más de 7 miembros en ese momento cuando la solicitud de liquidación de la asociación, asociación o compañía, según sea el caso, se presente ante el Tribunal. .

Una empresa no registrada puede liquidar conforme a la Ley de Sociedades. El procedimiento es similar a la liquidación obligatoria con ciertas excepciones menores. Esas empresas no pueden liquidarse voluntariamente. Si una empresa extranjera, que realiza negocios en la India, deja de hacerlo, puede liquidarse de acuerdo con el procedimiento aplicable a las empresas no registradas.